jueves, 11 de mayo de 2017

GESTIÓN DE RIESGOS EN LA PLANIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS

Se comparte la DIRECTIVA N° 012-2017-OSCE/CD:

GESTIÓN DE RIESGOS EN LA PLANIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS

I. FINALIDAD Precisar y uniformizar los criterios que deben ser tomados en cuenta por las Entidades para la implementación de la gestión de riesgos en la planificación de la ejecución de obras; con lo que, se incrementará la eficiencia de las inversiones en las obras públicas. 

II. OBJETO Establecer disposiciones complementarias para la aplicación de las normas referidas a la identificación y asignación de riesgos previsibles de ocurrir durante la planificación de la ejecución del contrato de obras públicas.

 III. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para las Entidades que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, conforme al artículo 3 de la Ley de Contrataciones del Estado; así como, para los proveedores que participen en las contrataciones que realicen las Entidades.
Fuente (OSCE)


Accede al texto completo en:    Directiva 012-2017-OSCE/CD

1 comentario:

  1. Después de identificar los riesgos se tiene que incluir un presupuesto en el expediente técnico para mitigar los riesgos identificados.

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