El artículo 200º del D.S. 138-2012-EF indica que, para que se constituya una causal de ampliación de plazo, esta debe originarse por causas ajenas a la voluntad del contratista siempre que modifique la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente al momento de la solicitud de ampliación de plazo.
En su item 3 agrega paralizaciones en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.
Fuente OSCE
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